La respuesta a esta muy pertinente e interesante pregunta es un SÍ categórico.
En un principio, pareciera ser ociosa, porque se supone que los pensionados, por ser gente mayor, con edad por encima de los 60 años en su inmensa mayoría), antes de acceder a este estatus, habían ya resuelto el problema relacionado con uno de los patrimonios más anhelados de cualquiera persona: el de la vivienda.
Ahora bien: sea que estén pensionados en las modalidades de Jubilación, Cesantía en Edad Avanzada, o Retirados por Edad y Tiempo de Servicios, a los pensionados por el ISSSTE (investigaremos este asunto más adelante en el otro gran sistema de seguridad social, es decir, el del IMSS-INFONAVIT), la legislación en vigor sí les otorga el derecho a que se les conceda un crédito para adquirir un espacio digno donde puedan vivir él y su familia.
Hasta eso –hay que reconocerlo– los requisitos son pocos. Para efectos prácticos, los tres siguientes:
- Tener un mínimo de 47 años y no rebasar los 74 con 11 meses;
- No haber obtenido un crédito hipotecario de FOVISSSTE en la etapa de servicio del solicitante en la Administración Pública Federal; y
- Tener en cuenta que, una vez autorizado y concedido el crédito, no podrá cambiarse de modalidad. Es decir, si lo es o lo fue para vivienda usada (pero terminada), no podrá el pensionado cambiarlo por un crédito para vivienda nueva, y viceversa.
Por cierto, estos financiamientos de vivienda para los pensionados se diferencian de los tradicionales asignados a los servidores públicos, por lo siguiente:
- Las solicitudes no son objeto de los clásicos “sorteos” que organiza el FOVISSSTE para conocer a los ganadores de un crédito, y
- Por lo anterior, las solicitudes recibidas se autorizan conforme el día y hora en que hayan sido ingresadas y acordes con las disponibilidades financieras.
La disponibilidad de créditos y su monto máximo para el 2015 es de 2,000 y $466,532.39 de pesos, respectivamente y, como es obvio, pueden variar cada año, hacia arriba o hacia abajo.
Como se estila en este tipo de créditos, debe tenerse muy en cuenta que los gastos de escrituración y avalúo (el 10% del valor de la vivienda, aproximadamente) corren a cargo del pensionado y no se descuentan del crédito.
¿Y cuánto le descuentan de su pensión por este tipo de créditos a la vivienda en el FOVISSSTE? Cada mes, la cuantía de la pensión del titular de este crédito se verá disminuida en un 20% por concepto de amortización del crédito por los siguientes 20 años, que es el plazo máximo a que se contratan.
¿Dónde tramitar este crédito para la vivienda? En las ventanillas de las oficinas receptoras ubicadas en los Departamentos de Vivienda de las Delegaciones Estatales y Regionales del ISSSTE, o en alguna de las entidades financieras que operan este esquema, que son los bancos principalmente, llevando consigo la siguiente documentación:
- Talón de pago (de la pensión);
- La credencial de pensionado;
- Identificación oficial (credencial de elector, pasaporte o cédula profesional);
- Llenar a mano la solicitud y firmarla;
- Comprobante de domicilio;
- CURP del pensionado y
- La CUV (Clave Única de Vivienda).