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¿Puedo solicitar vía Internet el beneficiarme del ahorro solidario?

La respuesta categórica es . Te preguntarás cómo tramitarlo. Ahora mismo te decimos los pasos a seguir:

  1. Ingresar al portal siguiente: https://www.e-sar.com.mx/PortalEsar//login.do y ahí seleccionar la opción “Ahorro Solidario” para, primeramente, registrarte como usuario.
  2. Se te proporcionará un nombre de usuario y una contraseña para que puedas ingresar a ese servicio.
  3. Para lograr lo anterior, debes proporcionar:
    1. Nombre(s) y apellidos (paterno y materno) completos;
    2. Tu CURP (Clave Única del Registro de Población);
    3. Un correo electrónico (email), al que se te enviarán el nombre de usuario y la contraseña, y
    4. Escoger una pregunta secreta que el mismo sistema te hará (por ejemplo, cuál fue tu primer automóvil, cuál es tu color, canción, equipo, libro o pasatiempo favoritos, etc.) y responderla. (Obviamente, esta respuesta la guardará el sistema y tú tendrás que recordarla cuando quieras recuperar tu nombre de usuario y contraseña por haberlas olvidado, pues el sistema seguramente te va a formular una pregunta secreta y tu respuesta deberá coincidir con la que diste inicialmente).
  4. Ya con tu nombre de usuario y contraseña, podrás ingresar al portal citado (https://www.e-sar.com.mx/PortalEsar//login.do) y ahí te solicitarán:
    1. Tu CURP (con sus 18 posiciones, entre letras y números) y
    2. Los dos últimos dígitos (números) de tu Estado de Cuenta, que aparecen al final de tu CURP.

Si la información que proporcionaste es la correcta, aparecerá una pantalla en la que deberás elegir qué trámite deseas hacer, pues son tres las posibilidades:

  1. Solicitud de Descuento de Ahorro Solidario;
  2. Modificación de Ahorro Solidario, y
  3. Cancelación de Ahorro Solidario.

Como se supone que estás solicitando, vía Internet, el descuento del ahorro solidario, para continuar con el trámite deberás escoger la opción Solicitud de Descuento, que es el consentimiento que estás dando para que, vía nómina, se te descuente quincenalmente el 1% ó el 2% de tu Sueldo Base de Cotización (SBC), un ejemplo de lo cual te mostramos en seguida (con cuatro salarios mínimos mensuales, es decir, el monto vigente en el 2011):

Opciones del Ahorro Solidario

Sueldo Básico de Cotización (SBC) Descuento mensual de Ahorro Solidario (al trabajador) Pago mensual de la Dependencia: $3.25 por cada peso del trabajador Total mensual del Ahorro Solidario (depositado en la cuenta individual)
2% del SBC $7,178.40 $143.57 $466.60 $610.16
1% del SBC $7,178.40 $71.78 $233.30

$305.08

Obviamente, al llenar esta Solicitud, debes proporcionar o escribir la Secretaría o Dependencia en la que estás trabajando. Y listo.

Como este trámite se realiza a través de Internet, es decir, electrónicamente, no se requiere llevar o entregar ningún documento a la Secretaría o Dependencia en la que trabajas. Eso sí: se recomienda que lo imprimas, para que puedas darle seguimiento y llevar algún control sobre las transacciones hechas de manera automática cada quincena.

NOTA: De acuerdo con las reglas de este portal, el administrador de usuarios borra en automático a:

  1. Usuarios que se dieron de alta pero no usaron el portal en las siguientes 24 horas después del registro;
  2. Usuarios que se dieron de alta y usaron algún servicio del portal, pero no lo concluyeron después de 24 horas de haber cerrado la página, y
  3. Usuarios que se dieron de alta e hicieron algún trámite exitosamente, pero no registraron ninguna actividad durante los siguientes 60 días (dos meses).

De modo que si quieres volver a hacer usuario de este servicio del https://www.e-sar.com.mx/PortalEsar//login.do, deberás de darte de alta nuevamente.

¿Nos podría poner un ejemplo del descuento por concepto de ahorro solidario?

Con mucho gusto. Puede ser el siguiente (con una cifra cerrada por concepto de Sueldo Base): Si el Sueldo Base de un trabajador al servicio del Estado es de $5,000.00 pesos, el 1% de ese Sueldo Base serían $50 pesos y el 2%, $100 pesos, obviamente. Los porcentajes del 1% o el 2% a descontarse de la paga del trabajador por concepto de ahorro solidario, son a libre y expresa elección o decisión del servidor público.

Ahora bien: Si esos $50 y $100 pesos que se descuenten cada quincena al trabajador por concepto de ahorro solidario, se multiplican por los $3.25 pesos por cada peso del trabajador y que es la aportación del Gobierno Federal, entonces tenemos que, en el primer caso (1%), a la cuenta del trabajador se le depositan un total de $212.50 pesos como ahorro solidario ($50.00 pesos del trabajador y $162.50 pesos del Gobierno Federal), y en el segundo (2%), se depositaría un total de $425.00 pesos ($100.00 pesos del trabajador y $325.00 del Gobierno Federal).

Como antes decíamos, el descuento por nómina al servidor público, ya sea del 1% o del 2% de su Sueldo Básico por concepto de este ahorro solidario, es decisión exclusiva del trabajador, quien la puede tomar en el momento en que quiera. Inclusive, puede iniciar con el 1% y, después, subir al 2% de su Sueldo Básico y viceversa, es decir, bajar del 2% al 1% o simple y llanamente, cancelar este descuento en el momento en que él lo decida.

Alguien seguramente se preguntará: ¿Puede el trabajador al servicio del Estado volver al esquema del Ahorro Solidario? Y la respuesta es: SÍ. Para ello, tiene que darse de alta nuevamente en el Departamento de nómina de la institución donde presta sus servicios. Sólo hay una condición para inscribirse al Ahorro Solidario: tienen que haber pasado al menos 12 meses desde la cancelación del descuento de este derecho establecido en la Ley del ISSSTE.

Por cierto, ese ahorro solidario ha crecido significativamente desde el 2009, año en que entró en vigor. Al cierre de ese año, el monto alcanzado fue de 5 millones 600 mil pesos. A febrero del 2015, el ahorro solidario suma ya poco más de 9 mil 166 millones de pesos, como se puede observar en el siguiente cuadro:

               Año           Saldo (millones de pesos)

2009             5.6

2010         660.2

2011      2,113.9

2012      4,042.6

2013      5,929.0

2014      8,622.2

2015      9,166.1 (cifras a febrero)

Fuente: Informe Trimestral al H. Congreso de la Unión sobre la Situación del SAR (Enero-Marzo 2015).

¿Qué es el ahorro solidario y con cuánto apoya el Gobierno Federal?

El ahorro solidario es la figura financiera que inventó el Gobierno Federal para ayudar financieramente a todos los trabajadores al servicio del Estado, tanto a quienes ingresaron a la Administración Pública a partir del 1º de abril del 2007 (a quienes se aplica el nuevo régimen de pensiones de cuentas individuales capitalizables y, por ende, comenzaron a cotizar al ISSSTE a partir o desde ese mes y año), como a quienes ya laboraban para el Gobierno Federal y cotizaban al ISSSTE, pero en este último caso, tuvieron la oportunidad de escoger régimen pensionario, optando por el sistema de cuentas individuales y no por el viejo ni el nuevo sistema de pensiones.

En ambos casos, el objetivo es y sigue siendo que ese ahorro solidario apoye sustancialmente a aumentar la cuantía de la pensión que recibirán los trabajadores al servicio del Estado al momento de retirarse laboralmente y/o pensionarse, ya sea por años de servicio, edad, vejez, o por cualquier otro motivo reconocido por la legislación en vigor.

¿En qué consiste? El ahorro solidario consiste en que el trabajador puede aportar el 1% o el 2% de su Sueldo Básico y depositarlo en su cuenta individual; en correspondencia, o para premiar ese esfuerzo de ahorro, el Gobierno Federal (el patrón) aporta a esa cuenta el 3.25% o el 6.5% (el máximo aceptado) de ese Sueldo Básico, para el 1% o 2%, respectivamente.

Sumados los porcentajes de aportación por concepto de ahorro solidario (tanto del trabajador como del patrón), nos dan un 4.25% y un 8.50% del Sueldo Base, porcentajes que corresponden a si el servidor público decidió que fuese el 1% o el 2% de su Sueldo Base lo que se le descontase por ahorro solidario, para depositárselo en su cuenta individual.

En otras palabras: por cada peso que el trabajador aporte por concepto de ahorro solidario, la institución para la cual labora contribuirá con $3.25 pesos, mismos que se depositarán en la cuenta individual que el trabajador tiene abierta en una AFORE o en PENSIONISSSTE.

Estos recursos, al ser invertidos, le generarán rendimientos mes con mes, de modo que con el paso del tiempo, este ahorro y los intereses generados, pueden incrementar significativamente el monto de la pensión, con lo que, en teoría, se alcanzaría la finalidad de esta medida.

En caso de que el trabajador, al llegar a tramitar la pensión, decidiese que el ahorro solidario no se integrase a lo que se le pagará por concepto de pensión, puede retirar esos recursos en una sola exhibición.

Por cierto, ese ahorro solidario ha crecido significativamente desde el 2009, año en que entró en vigor. Al cierre de ese año, el monto alcanzado fue de 5 millones 600 mil pesos. A febrero del 2015, el ahorro solidario suma ya poco más de 9 mil 166 millones de pesos, como se puede observar en el siguiente cuadro:

               Año           Saldo (millones de pesos)

               2009             5.6

               2010         660.2

               2011      2,113.9

               2012      4,042.6

               2013      5,929.0

               2014      8,622.2

               2015      9,166.1 (cifras a febrero)

Fuente: Informe Trimestral al H. Congreso de la Unión sobre la Situación del SAR (Enero-Marzo 2015).

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