¿Ha cambiado el esquema de asignación de las cuentas individuales de los trabajadores?

Así es. Se pueden observar varias etapas. Por ejemplo:

  1. En los primeros cuatro años de funcionamiento del nuevo sistema de pensiones, la Ley del Sistema de Ahorro para el Retiro (LSAR) estableció que las cuentas de los trabajadores que en ese lapso (1997-2001) no eligieran AFORE, a partir de junio del 2001 fuesen distribuidas por la CONSAR (Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro) entre las AFOREs más grandes.
  2. Una segunda etapa claramente puede establecerse a partir del segundo bimestre del 2002. Aquí el esquema consistió en “beneficiar” a las AFOREs que cobraran las más bajas comisiones por el manejo de estas cuentas.
  3. La tercera modificación de fondo que sufrió este sistema de asignación y reasignación de cuentas es la relacionada con su asignación a las Administradoras que promovían el ahorro voluntario y/o las que obtenían la mayor calificación en calidad de la gestión financiera.
  4. Para el 2016, la CONSAR ha determinado instaurar un nuevo esquema de asignación y reasignación de estas cuentas individuales. En efecto, a partir del primer bimestre, serán administradas única y exclusivamente por las AFOREs que estén dando los mayores rendimientos o ganancias por el manejo de estos recursos.

La medida anterior, publicada el pasado 8 de marzo del 2015 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), pretende que los saldos de esas cuentas crezcan lo más rápido posible mientras esperan a que sus titulares las registren formalmente en la AFORE que escojan.

Como es obvio, al igual que en los pasados y actuales esquemas, en el que entrará en vigor en el 2016 conservarán los trabajadores el derecho pleno de registrarse en el momento en que lo decidan y en la AFORE que deseen.

Al premiarse con estas asignaciones a las AFOREs que ofrezcan los más altos rendimientos por los recursos que están manejando, la CONSAR está incentivando que todas ellas busquen mejorar significativamente su desempeño en este rubro y que, en su momento, las pensiones tengan una cuantía mayor.

Tiene el ISSSTE nuevo número telefónico

En materia de pensiones –hay que reconocerlo—el ISSSTE se ha puesto las pilas en lo que va de esta administración (casi tres años), pues han mejorado sensiblemente la atención a los empleados públicos, han acortado los tiempos, eliminado trabas, agilizado y reducido trámites y modernizado sistemas computacionales e instalaciones físicas.

Y ahora, a partir del primero de agosto del 2015, han estrenado un nuevo conmutador: el 4000-1000, fácil de memorizar y de marcar. Este número es ahora el ISSSTEtel o el teléfono del Centro de Atención Telefónica del ISSSTE.

En este nuevo teléfono puedes solicitar una cita médica telefónicamente y darle seguimiento; recibir orientación sobre préstamos; pedir información general (seguros, servicios y prestaciones); externar inconformidades, presentar quejas e inconformidades, y hacer sugerencias.

Para quienes viven en provincia y desean comunicarse al ISSSTEtel, tienen que agregarle al nuevo conmutador la clave lada: 0155 y listo, como se dice en la imagen adjunta.

Cabe señalar que el número del Centro de Asistencia Telefónica anterior, el 01800-710-4666 sigue aún funcionando, al igual que los teléfonos fijos de todas Delegaciones, clínicas y direcciones, etc., así como los del Centro de Atención Telefónica de PENSIONISSSTE: 5062-0555 (en el DF), o lada sin costo al 01800-400-1000 o al 01800-400-2000.

¿Puedo solicitar vía Internet el beneficiarme del ahorro solidario?

La respuesta categórica es . Te preguntarás cómo tramitarlo. Ahora mismo te decimos los pasos a seguir:

  1. Ingresar al portal siguiente: https://www.e-sar.com.mx/PortalEsar//login.do y ahí seleccionar la opción “Ahorro Solidario” para, primeramente, registrarte como usuario.
  2. Se te proporcionará un nombre de usuario y una contraseña para que puedas ingresar a ese servicio.
  3. Para lograr lo anterior, debes proporcionar:
    1. Nombre(s) y apellidos (paterno y materno) completos;
    2. Tu CURP (Clave Única del Registro de Población);
    3. Un correo electrónico (email), al que se te enviarán el nombre de usuario y la contraseña, y
    4. Escoger una pregunta secreta que el mismo sistema te hará (por ejemplo, cuál fue tu primer automóvil, cuál es tu color, canción, equipo, libro o pasatiempo favoritos, etc.) y responderla. (Obviamente, esta respuesta la guardará el sistema y tú tendrás que recordarla cuando quieras recuperar tu nombre de usuario y contraseña por haberlas olvidado, pues el sistema seguramente te va a formular una pregunta secreta y tu respuesta deberá coincidir con la que diste inicialmente).
  4. Ya con tu nombre de usuario y contraseña, podrás ingresar al portal citado (https://www.e-sar.com.mx/PortalEsar//login.do) y ahí te solicitarán:
    1. Tu CURP (con sus 18 posiciones, entre letras y números) y
    2. Los dos últimos dígitos (números) de tu Estado de Cuenta, que aparecen al final de tu CURP.

Si la información que proporcionaste es la correcta, aparecerá una pantalla en la que deberás elegir qué trámite deseas hacer, pues son tres las posibilidades:

  1. Solicitud de Descuento de Ahorro Solidario;
  2. Modificación de Ahorro Solidario, y
  3. Cancelación de Ahorro Solidario.

Como se supone que estás solicitando, vía Internet, el descuento del ahorro solidario, para continuar con el trámite deberás escoger la opción Solicitud de Descuento, que es el consentimiento que estás dando para que, vía nómina, se te descuente quincenalmente el 1% ó el 2% de tu Sueldo Base de Cotización (SBC), un ejemplo de lo cual te mostramos en seguida (con cuatro salarios mínimos mensuales, es decir, el monto vigente en el 2011):

Opciones del Ahorro Solidario

Sueldo Básico de Cotización (SBC) Descuento mensual de Ahorro Solidario (al trabajador) Pago mensual de la Dependencia: $3.25 por cada peso del trabajador Total mensual del Ahorro Solidario (depositado en la cuenta individual)
2% del SBC $7,178.40 $143.57 $466.60 $610.16
1% del SBC $7,178.40 $71.78 $233.30

$305.08

Obviamente, al llenar esta Solicitud, debes proporcionar o escribir la Secretaría o Dependencia en la que estás trabajando. Y listo.

Como este trámite se realiza a través de Internet, es decir, electrónicamente, no se requiere llevar o entregar ningún documento a la Secretaría o Dependencia en la que trabajas. Eso sí: se recomienda que lo imprimas, para que puedas darle seguimiento y llevar algún control sobre las transacciones hechas de manera automática cada quincena.

NOTA: De acuerdo con las reglas de este portal, el administrador de usuarios borra en automático a:

  1. Usuarios que se dieron de alta pero no usaron el portal en las siguientes 24 horas después del registro;
  2. Usuarios que se dieron de alta y usaron algún servicio del portal, pero no lo concluyeron después de 24 horas de haber cerrado la página, y
  3. Usuarios que se dieron de alta e hicieron algún trámite exitosamente, pero no registraron ninguna actividad durante los siguientes 60 días (dos meses).

De modo que si quieres volver a hacer usuario de este servicio del https://www.e-sar.com.mx/PortalEsar//login.do, deberás de darte de alta nuevamente.

¿Qué debe hacer el trabajador si lo cambian de AFORE sin su consentimiento?

Para nadie es un secreto que, en todas las actividades humanas, hay gente sin escrúpulos y que hace trampas a las leyes y normas con tal de ganar algún dinero.

El caso de las AFOREs no debe ser la excepción y precisamente porque se registran abusos en materia de traspasos o cambios de Administradora sin el consentimiento del trabajador o titular de la cuenta, es que existe un mecanismo para dar marcha atrás a estas ilegales prácticas.

Precisamente por esta situación, debe quedarle claro al trabajador que él es el único que puede ordenar un trámite de esta naturaleza. Por lo mismo, si “lo cambiaron” de AFORE sin su consentimiento, puede acudir:

  1. A la Delegación de la CONDUSEF (Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros) más cercana a su domicilio y/u oficina, para presentar su denuncia. Por cierto, en el teléfono 01 800 999 8080 pueden informarle al trabajador de la ubicación de las Delegaciones, o
  2. A la misma AFORE que tenía el trabajador y del cual lo cambiaron.

En ambos lados, la documentación que debe llevar y presentar es la siguiente:

  • Original y copia de una identificación oficial vigente con fotografía, en la que aparezca su firma de manera clara y legible, y
  • Copia de un Estado de Cuenta de su AFORE.

Eso sí: en cualquier de esos casos, el titular quejoso debe exigir que le entreguen una copia de su queja, con sello y firma de recibida, y esperar algunas semanas la respuesta a su inconformidad y la corrección debida.

¿Es cierto que hay nuevas reglas en materia de traspasos o cambios de AFORE?

Así es, en efecto, pues a partir del 2 de marzo del 2015, la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR), emitió nuevas reglas operativas relacionadas con los traspasos (o cambios de una a otra AFORE). Parece que se estaba abusando de esta figura por parte de los promotores, llevando la peor parte los trabajadores, pues con frecuencia, las AFOREs a las que los cambiaban, tenían menor rendimiento que aquella en la que estaban.

¿En qué consisten estas modificaciones? Básicamente en lo siguiente:

1.- A partir del tercer mes del 2015, todos los traspasos en el Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR), deberán ser notificados previamente por el titular de la cuenta, a través de un pequeño texto enviado por un teléfono celular. Comúnmente se conoce lo anterior como un “SMS”, que son las siglas en inglés de Short Message Service (Servicio de Mensajes Cortos). Con este ‘mensajito’, se validará que haya sido precisamente el ahorrador quien decidió libérrimamente (y no el agente promotor) realizar este trámite.

B.- Además, también a partir de marzo del 2015, el titular de la cuenta deberá firmar el nuevo documento del Indicador Neto (promedio móvil de los últimos 6 meses del Rendimiento de Mercado, y que se calcula diariamente). Este documento contiene mayor y mejor orientación relacionada con la decisión del trabajador de cambiar de AFORE, y

C.- El otro gran cambio con las modificaciones a la llamada CUO (siglas de la Circular Única Operativa) por parte de la CONSAR, consiste en que se establece el llamado “proceso de recertificación”. ¿Qué es esto? Que para retener a los ahorradores o cuentahabientes, los promotores de las AFOREs deberán ahora contactarlos directamente para obtener su consentimiento por escrito. Si lo logran, entonces sí continuará esa AFORE administrando la cuenta por un año adicional.

Inclusive, durante este período (estos doce meses adicionales), ninguna otra Administradora de Fondos de Retiro podrá traspasar la cuenta a ninguna otra AFORE, a menos que el trabajador lo solicite con su propia AFORE.

¿Qué hacer y a dónde ir para obtener el Remanente de Operación?

Para tramitar el retiro del Remanente de Operación, es decir, que te lo depositen en tu cuenta bancaria, de manera que puedas disponer de él cuando quieras y como quieras, no es, infortunadamente, tan fácil.

¿A dónde hay que ir? Hay que acudir a alguna oficina de PENSIONISSSTE a realizarlo. Eso sí: ten paciencia porque vas a realizar varias visitas.

La primera: acudes llevando contigo la amable carta que recibiste en los últimos meses del año pasado (2014), y en donde te confirman que, en efecto, es cierto que se ha decretado regresar parte del Remanente de Operación de PENSIONISSSTE. Sin embargo, en esta primera visita te dicen que no te pueden hacer este trámite de inmediato, ya que tienes que esperar a que te llegue el Estado de Cuenta cuatrimestral y, además, que esta primera visita era realmente para confirmar y corregir datos.

Ya con el Estado de Cuenta cuatrimestral en tu poder (debe haberte llegado en febrero del 2015), realizas la segunda visita a PENSIONISSSTE, y entonces, después de varias horas de espera, te dicen que es necesario que lleves una serie de nuevos documentos “para integrar el expediente”, sin cuya integración no se puede tramitar ni retirar estos recursos, “porque así lo acababa de ordenar la CONSAR mediante circular de fecha 2 de marzo del 2015”, lo que es totalmente cierto.

Y, entonces, te regresas a tu casa u oficina para recabar los nuevos requisitos (tercera visita), que son los siguientes:

A) Para integrar el expediente:

  • Copia de la credencial de elector vigente;
  • Copia comprobante de domicilio;
  • Permitirle a quien te atiende en PENSIONISSSTE te tome una fotografía;
  • Dos referencias (parientes o amigos), que tengan CURP (de preferencia, llevar una copia para que no haya dizque errores del cuentahabiente al llenarse la solicitud), y número telefónico (de un teléfono fijo y no del celular).

B) Para hacer el trámite del retiro de los recursos:

  • Copia de la CURP (del titular de la cuenta);
  • Copia del Remanente de Operación (Estado de Cuenta cuatrimestral);
  • Llenar la solicitud (que el personal de PENSIONISSSTE mismo hace en su equipo de cómputo, aunque en forma muy poco ágil);
  • Copia de la concesión o negativa de pensión (del cuentahabiente);
  • Comprobante de domicilio, y
  • Copia de un Estado de Cuenta del banco donde se vaya a hacer el depósito; este documento debe contener la CLABE Bancaria a 18 posiciones.

Y ahora sí: “En diez días hábiles ya tendrá el depósito en su cuenta bancaria”, lo que no es totalmente cierto, porque se tardan generalmente un poco más.

Nota: Cabe señalar que la última visita (la tercera) se puede agendar vía telefónica al 5062-0555, que es el Centro de Atención Telefónica de PENSIONISSSTE. La idea es que no se sature de gente la oficina de PENSIONISSSTE y, sobre todo, que el cuentahabiente no pierda mucho tiempo. Aún así, es decir, con cita, tardarás en terminar el trámite unas dos horas. Algo es algo, porque de lo contrario, si te presentas sin cita y tienes la suerte de alcanzar ficha (se reparten 40 al día), te atenderán unas 3-4 horas después de tu llegada. En este caso, al menos amablemente te informan y aclaran que te van a atender, sí, pero varias horas después… por si no quieres estar ahí sentado, o por si quieres regresarte a tu casa u oficina, o salir a hacer otra cosa. Así están las cosas de burocráticas.

¿Cómo aparece en mi Estado de Cuenta el Remanente de Operación?

La Junta Directiva del ISSSTE (la autoridad máxima de PENSIONISSSTE), acordó en agosto del 2013 que el 100% del Remanente de Operación (que son las utilidades después de impuestos) de los ejercicios fiscales del 2009 al 2012, se depositara a favor de los poco más de sus 532 mil afiliados que optaron precisamente por el sistema de Bono de Pensión y/o cuentas individuales para pensionarse, y que abrieron una cuenta en esa AFORE gubernamental.

¿De qué manera se hizo el depósito de ese Remanente de Operación? Ahora se lo mostramos:

Remanente 2

  • Un 10% fue a la Subcuenta de Aportaciones Voluntarias; de acuerdo con las reglas de operación que rigen a esta Subcuenta, esos recursos se pueden retirar seis meses después de la fecha del primer depósito o del último retiro.
  • Un 20% se registró en la Subcuenta de Reinversión del Remanente de Operación de PENSIONISSSTE, y se depositará como Aportaciones Voluntarias en la cuenta individual de los trabajadores hasta cinco años después de haberse decretado su distribución. Cabe señalar que existe la opción de que este porcentaje (20%) lo reciban los cuentahabientes a los tres años después de haberse decretado su registro, siempre y cuando el titular de la cuenta haga un depósito a la Subcuenta de Aportaciones Complementarias de Retiro por un monto al menos igual al 10% de la reinversión.
  • El 70% restante, se registró también en la Subcuenta de Reinversión del Remanente de Operación de PENSIONISSSTE, y se podrá acceder a estos recursos siempre y cuando el cuentahabiente permanezca en PENSIONISSSTE de manera ininterrumpida hasta el momento en que adquiera el derecho a una pensión, tenga una negativa de pensión, o fallezca.

Eso de que el 20% y el 70% del Remanente de Operación distribuido entre los cuentahabientes se depositó en el Subcuenta de Reinversión que de dicho remanente tiene PENSIONISSSTE, sólo quiere decir que está ahí depositado para su administración, pero que el propietario sigue siendo el cuentahabiente, tal como aparece, aunque sólo en calidad de información, en los Estados de Cuenta cuatrimestrales que PENSIONISSSTE envía a sus afiliados.

En fin, debe quedar claro que si el cuentahabiente traspasa su cuenta individual de PENSIONISSSTE a alguna otra AFORE, sólo podrá traspasar los recursos del remanente que le hayan depositado en la Subcuenta de Aportaciones Voluntarias. Igualmente, no tendrá derecho a traspasar el resto de los recursos registrados en la Subcuenta de Reinversión del Remanente de Operación (el 90% del total), de modo que éstos se reintegrarán a la reserva operativa de PENSIONISSSTE.

¿Qué es el Remanente de Operación de PENSIONISSSTE?

Quienes cotizan al ISSSTE y están afiliados a PENSIONISSSTE, recibieron en el segundo semestre del 2014, una muy grata sorpresa, consistente en una carta, firmada por el Ing. José María de la Torre Verea, Vocal Ejecutivo del ISSSTE, en la cual se informaba a unos 532 mil cuentahabientes de esa Administradora de Fondos de Ahorro (AFORE), que les iban a regresar algunos miles de pesos por concepto de lo que se conoce como “Remanente de Operación”.

¿Qué es el Remanente de Operación? Vamos a tratar de explicar este concepto de contabilidad: al término del ejercicio fiscal, se reúnen los integrantes del Consejo de Administración (en este caso, la Junta Directiva del ISSSTE), para conocer y analizar los resultados financieros del año anterior.

Remanente 2

Si después de haber pagado o cubierto los gastos de operación, administración y la  constitución de reservas, resulta que hay “utilidades”, conocidas también como recursos excedentes, determinan en esas reuniones qué hacer con esas ganancias.

En el caso de PENSIONISSSTE, los miembros de la Junta Directiva del ISSSTE decidieron que se “reinviertan” esos excedentes entre sus cuentahabientes. Como esta AFORE no es una empresa con fines de lucro, decidió, pues, distribuir 217 millones de pesos entre sus cuentahabientes, con lo que está  premiando su lealtad y, sobre todo, confirmando que ayuda a que sus afiliados incrementen su ahorro para el retiro, de modo que puedan alcanzar una cuantía más alta en su pensión.

Cabe destacar que PENSIONISSSTE es la única AFORE que ofrece este beneficio a sus cuentahabientes. En los hechos y en opinión del autor de este blog, las sumas depositadas en las cuentas individuales representan aproximadamente la mitad de los montos anuales cobrados por comisión.

Hasta ahora, PENSIONISSSTE ha reportado utilidades o Remanente de Operación de los años fiscales 2009 al 2012. Falta conocer si en el 2013 y 2014 operó también con números negros.

¿Es cierto que PENSIONISSSTE está regresando parte de las comisiones cobradas?

¿Es cierto que PENSIONISSSTE está regresando parte de las comisiones cobradas?

¿Es cierto que PENSIONISSSTE está regresando parte de las comisiones cobradas?