Archivos de la categoría ISSSTE

¿Cuánto se deposita en la cuenta individual del trabajador y quiénes lo hacen?

Como ya hemos dicho, la cuenta individual de un trabajador es la cuenta que, en el nuevo sistema de pensiones (de hecho, a partir de 1992, con la creación del Sistema de Ahorro para el Retiro-SAR), abre un asegurado en una Administradora de Fondos de Retiro (AFORE), para que ahí se le depositen las aportaciones y cuotas obrero-patronales y del gobierno, con la finalidad de que, con el tiempo y los rendimientos generados por esos recursos, el trabajador tenga una mejor y segura pensión al retirarse de la vida laboral activa.

Esa Cuenta Individual (que en el IMSS se identifica por los números de afiliación, conocido también como Número de Seguridad Social, y en el ISSSTE básicamente por la CURP (Clave Única de Registro de Población) que otorga la Secretaría de Gobernación), está integrada por tres Subcuentas, tanto para los cotizantes al IMSS como al ISSSTE, aunque con mínimas diferencias.

A.- Para los afiliados al IMSS, la integración de la Cuenta Individual es como sigue:

  1. Subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez:
  • El 2 % de Retiro (del SBC o Salario Básico de Cotización); es una aportación sólo gubernamental;
  • El 4.500 % tripartita, que significa aportación de tres partes, para el concepto Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, pagada de la siguiente manera:
    • El gobierno (con el 0.225% del SBC), que equivale al 7.143% de la cuota patronal por Cesantía y Vejez;
    • El patrón (con el  3.150% del SBC), y
    • El trabajador (con el 1.125% del SBC).
  • Más el concepto de “Cuota Social” que, adicionalmente, paga el Gobierno Federal (y que es el 5.5% del Salario Mínimo General para el D. F., por cada día de salario cotizado (o laborado) por el trabajador, y que para el 2015 son aproximadamente $3.85 pesos diarios).
  1. Subcuenta de Vivienda: En esta subcuenta se deposita y registra el 5% de las aportaciones que paga el patrón para la adquisición y construcción de vivienda para los trabajadores, o para que se le puedan otorgar créditos por este concepto. Estos recursos no son administrados por las AFOREs, sino por el INFONAVIT.
  1. Subcuenta de Aportaciones Voluntarias: En esta subcuenta se depositan los recursos que voluntariamente hagan el trabajador y/o su patrón.

En el siguiente cuadro puede apreciarse quizá de mejor manera:

Fuente: portal del e-sar.com.mx en https://www.e-sar.com.mx/PortalEsar/public/PreguntasFrecuentes.do

B.- Para los cotizantes al ISSSTE, su cuenta individual en la AFORE se integra también por tres Subcuentas:

1.- Subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez:

  • Retiro: 2% del Sueldo Base de Cotización (SBC) del trabajador, aportado por las Secretarías de Estado y otras dependencias y entidades.
  • Cesantía en Edad Avanzada y Vejez: el trabajador aporta un 6.125% y el patrón el 3.175% sobre el SBC del trabajador.
  • Cuota social: Es una aportación adicional realizada por el Gobierno Federal, consistente en un 5.5% del Salario Mínimo General vigente en el Distrito Federal (unos $3.85 pesos diarios para el año 2015).

2.- Subcuenta de Vivienda: Las Secretarías de Estado, dependencias y/o entidades pagan el 5% del SBC. Al igual que el INFONAVIT, estas aportaciones son administradas por el FOVISSSTE, de modo que las AFOREs (o PENSIONISSSTE, mayoritariamente), sólo llevan el registro y control del saldo y lo incluye en los Estados de Cuenta que emiten cada cuatro meses.

3.- Subcuenta de Aportaciones Voluntarias: son los depósitos que voluntariamente realiza el trabajador o las Secretarías de Estado, dependencias y entidades a favor del empleado, para incrementar el saldo de su ahorro para el retiro.

En esta última Subcuenta, aparece también el llamado “Ahorro Solidario”, que es un descuento de 1% o 2% vía nómina, que se hace a los trabajadores que así lo aprueben, y como hemos ya dicho en otra pregunta, consiste en que por cada peso que voluntariamente decida el trabajador que se le descuente, el Gobierno Federal aportará $3.25 pesos (en el caso del 1% del Sueldo Básico), y si el trabajador decide que sean dos pesos (el 2% de su Sueldo Básico y que es el máximo permitido), entonces el Gobierno pone $6.50 pesos.

Igualmente, es de señalarse que en la Subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (tanto de cotizantes al IMSS como al ISSSTE), se depositan las aportaciones obligatorias, la cuota social a cargo del Gobierno, y los recursos provenientes del SAR (si el titular de la cuenta trabajó entre 1992 y 1997 y si cotizó al IMSS), o los recursos provenientes del SAR vigente hasta el 31 de diciembre de 2007, en el caso de quienes cotizaron al ISSSTE hasta esa fecha.

Nota: Cabe aclarar que pueden haber también aportaciones complementarias de retiro y aportaciones de ahorro a largo plazo.

¿Qué es una cuenta individual para el IMSS y para el ISSSTE y cómo se integra?

Tanto para el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) como para el ISSSTE, una cuenta individual es aquella que se abre para cada asegurado en las Administradoras de Fondos para el Retiro, para que se en ella se le depositen las cuotas (obligatorias) obrero-patronales y la estatal por los conceptos de los Seguros de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez; Vivienda; Aportaciones Voluntarias y/o Ahorro Solidario (en el caso de los servidores públicos afiliados al ISSSTE), así como los rendimientos que estos recursos vayan generando mes tras mes.

Como se sabe, esta cuenta individual se integra básicamente por tres Subcuentas, tanto para los cotizantes al IMSS, como para los afiliados al ISSSTE:

  • Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez,
  • Vivienda, y
  • Aportaciones Voluntarias (IMSS-ISSSTE) y/o Ahorro Solidario (ISSSTE).

Cabe señalar que los recursos que se depositan y/o aparecen en la Subcuenta de Vivienda, no son manejados o administrados por las Administradoras de Fondos para el Retiro (AFOREs), sino que éstas los entregan al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) o al FOVISSSTE (Fondo de Vivienda de los Trabajadores al Servicio del Estado), es decir, aparecen en los estados de cuenta cuatrimestrales que se envían al domicilio del trabajador, pero sólo para efectos de que éste esté informado del monto que tiene por este concepto.

Por cierto, al cierre de enero del 2015, las 11 AFOREs existentes y autorizadas en México, manejaban un total de 52 millones 738 mil 745 cuentas, tanto de afiliados al IMSS como al ISSSTE, según puede observarse en la siguiente tabla:

CUENTAS ADMINISTRADAS POR LAS AFORES
(Cifras al cierre de enero de 2015)
Afore Trabajadores Registrados1 Trabajadores Asignados2 Total de Cuentas Administradas por
las Afores5
Con Recursos Depositados en Siefores3 Con Recursos Depositados en Banco de México4

Azteca

1,304,360

453

0

1,304,813

Banamex

6,307,564

1,454,281

0

7,761,845

Coppel

6,657,312

84

0

6,657,396

Inbursa

1,144,749

657

0

1,145,406

Invercap

1,735,186

1,397,457

0

3,132,643

Metlife

409,804

584,565

0

994,369

PensionISSSTE

1,194,489

86,531

0

1,281,020

Principal

2,319,619

1,350,353

0

3,669,972

Profuturo GNP

2,715,948

539,824

0

3,255,772

SURA

3,994,804

2,077,313

0

6,072,117

XXI Banorte

8,400,624

2,911,485

6,151,283

17,463,392

Total

36,184,459

10,403,003

6,151,283

52,738,745

Fuente: CONSAR
Notas:
1 Trabajadores que se registraron en alguna Afore. Incluye trabajadores independientes y cotizantes al ISSSTE.
2 Trabajadores que no se registraron en alguna Afore y la CONSAR los asignó a una de acuerdo con las reglas vigentes.
3 Trabajadores que tienen una cuenta individual en Afore y que sus recursos están depositados en Siefores.
4 Trabajadores que tienen una cuenta individual en Afore y que sus recursos están depositados en el Banco de México. Incluye cuentas pendientes de ser asignadas.
5 A partir de enero de 2012 incluye cuentas pendientes de ser asignadas.

Cabe destacar que en marzo del 2013, se fusionó Banorte XXI con Bancomer, y en abril de 2014, Afirme Bajío cedió su cartera a Profuturo GNP, por lo que desaparecieron del mercado tanto la AFORE Bancomer como la Afore Afirme Bajío.

¿Qué son los Estados de Cuenta y cada cuándo se envían al domicilio del trabajador?

Desde 1992, con la creación del Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR), todos los trabajadores (tanto públicos como privados) tienen una cuenta individual. Inicialmente, a nombre de los trabajadores, la abrió su patrón en un banco debidamente autorizado por la SHCP (Secretaría de Hacienda y Crédito Público) para manejar el SAR, y éstos, cada trimestre, enviaban al patrón los “estados de cuenta”, mismos que eran distribuidos a los empleados.

Posteriormente, es decir, a partir de 1997, con el nacimiento del Nuevo Sistema de Pensiones y de las AFORES, los trabajadores escogieron una Administradora para que les manejara sus recursos para el retiro, administradora a la que fueron traspasados los recursos acumulados en el SAR. Desde entonces, la AFORE tiene la obligación de enviar un Estado de Cuenta a los domicilios de los trabajadores. A principio, era un envío semestral (con los datos de enero a junio y de julio a diciembre). Hoy en día, los Estados de Cuenta son cuatrimestrales (enero-abril, mayo-agosto y septiembre-diciembre).

El Estado de Cuenta, por tanto, es el documento oficial (de un banco o de una AFORE), a través del cual el trabajador puede revisar cómo van creciendo o evolucionando sus ahorros, tanto por concepto de intereses generados en determinado período, como por las aportaciones nuevas hechas en este mismo lapso. Es decir, en el Estado de Cuenta se le informa al trabajador cuánto tiene en su cuenta individual abierta en la AFORE, en las distintas Subcuentas. Entre ellas: la de Retiro, la de Vivienda (las AFORES exclusivamente registran el saldo con fines informativos para el trabajador), la de Aportaciones Voluntarias (Ahorro Solidario, en el caso de los servidores públicos afiliados al ISSSTE) y de Aportaciones Complementarias.

De hecho, los Estados de Cuenta contienen muchísima información para el trabajador. Además de los saldos por concepto de Retiro, Vivienda (con fines informativos), Aportaciones Voluntarios (Ahorro Solidario) y Complementarias, dichos documentos contienen, por ejemplo, una tabla comparativa de las AFOREs en materia de rendimiento neto de esos recursos, la composición y diversificación de los portafolios de inversión de las SIEFOREs (Sociedades de Inversión Especializadas en Retiro), así como de las comisiones que se descontaron (durante el período que se informa), de manera que pueda comparar el trabajador si le conviene o no seguir con esa AFORE o si mejor se cambia a otra que le otorgue mejores dividendos, menores comisiones y/o mejores servicios.

Entonces, pues, los Estados de Cuenta son la mejor herramienta que tiene el trabajador y/o servidor público para evaluar el comportamiento de su ahorro para el retiro. Es por ello que, además de verificar si los datos personales que aparecen en el Estado de Cuenta son los correctos y están actualizados, el titular de esa cuenta individual tiene que revisar a detalle los diversos rubros antes señalados, máxime que con ese documento él demuestra que es el dueño de esos recursos. Además, este papel se necesita para todos los trámites relacionados con retiros, créditos de vivienda, cambios de AFORE, pensiones, etc.

Independientemente de que la AFORE debe enviarle un Estado de Cuenta cada cuatro meses a su casa, usted puede solicitarle a su Administradora, en cualquier momento, la emisión de un Estado de Cuenta adicional y deben dárselo en un plazo máximo de una semana, ya sea en el módulo o sucursal donde hizo el trámite, o enviárselo por correo electrónico o impreso a su domicilio.

Los datos de todas las AFORES que hoy en día existen aparecen también en este blog en la pregunta relacionada con cuántas AFORES hay en México. También puede consultarlas en la página de la CONSAR que es la siguiente: www.consar.gob.mx

¿Qué es la CONSAR?

La Comisión Nacional de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (CONSAR) es una institución del sector financiero que coordina, regula, vigila y supervisa a los Sistemas de Ahorro para el Retiro (SAR), mismos que habían nacido en marzo de 1992. Inicialmente, se llamó Coordinación de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, y su actual nombre lo tomó de la publicación hecha el 22 de julio de 1994 en el Diario Oficial de la Federación (DOF) por el entonces Presidente Carlos Salinas de Gortari, del Decreto que creaba precisamente la Ley para la Coordinación de los Sistemas de Ahorro para el Retiro que, ese mismo año, habían aprobado las Cámaras de Diputados y Senadores.

Dos años después, el 23 de mayo de 1996, también por decreto publicado en el DOF en esa fecha, se derogó esa ley (la de Coordinación) y nació la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, vigente hoy en día y que, desde entonces, ha registrado importantes y numerosas modificaciones.

La CONSAR nació –y sigue siendo– como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), siendo sus objetivos principales los siguientes:

  • Establecer los mecanismos, criterios y procedimientos para el funcionamiento de los sistemas de ahorro para el retiro, previstos en las leyes del Seguro Social (IMSS), del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE);
  • Proporcionar el soporte técnico necesario para el correcto funcionamiento de esos sistemas de ahorro para el retiro;
  • Operar los mecanismos de protección a los intereses de los trabajadores cuentahabientes, y
  • Efectuar la inspección y vigilancia de las instituciones de crédito, de las sociedades de inversión que manejen recursos de las subcuentas de retiro y de sus sociedades operadoras, así como de cualquiera otra entidad financiera que, de alguna manera, participe en los referidos sistemas.

En consecuencia, la CONSAR coordina, regula, vigila y supervisa las actividades y funciones de dos figuras financieras de suma importancia y de reciente creación: Las Administradoras de Fondos de Ahorro para el Retiro (AFOREs) y las Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro (SIEFORES); igualmente, es la autoridad que vigila y supervisa las llamadas entidades receptoras, los bancos involucrados en la administración del SAR 92 y la Empresa Operadora de la Base de Datos Nacional SAR (PROCESAR). Sobre todas estas nuevas instituciones o entidades, la CONSAR realiza un amplio trabajo de supervisión a través de visitas de inspección y de una estricta vigilancia basada en la información que éstas le envían.

De acuerdo con lo que disponen los artículos 5° fracción XIII, 8° fracción VIII y 12 fracciones III, VIII y XIII de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro y el 175 de su Reglamento, la CONSAR debe presentar cada semestre un Informe a la Cámara de Diputados, mismo que, previamente, debe ser aprobado por su máxima autoridad que es su Junta de Gobierno.

Esta Junta de Gobierno está integrada por 17 titulares (con otros tantos suplentes), que son altos funcionarios públicos, dirigentes obreros y directivos empresariales. En otros términos, la Junta de Gobierno de la CONSAR es un organismo tripartita. Lo preside el Secretario de Hacienda y Crédito Público y, en su ausencia, lo suple precisamente el Presidente de la CONSAR. Este último es nombrado precisamente por el titular de la SHCP.

De los 17 miembros de la Junta de Gobierno de la CONSAR, 12 corresponden a la representación gubernamental y serían los siguientes:

  • Secretario de Hacienda y Crédito Público (Titular).
  • Procurador Fiscal de la Federación (Suplente).
  • Director General del IMSS (T).
  • Director de Finanzas del IMSS (S).
  • Subsecretario de Hacienda y Crédito Público (T).
  • Titular de la Unidad de Seguros, Pensiones y Seguridad Social (S).
  • Director General del INFONAVIT (T).
  • Subdirector General de Planeación y Finanzas del INFONAVIT (S).
  • Director General del ISSSTE (T).
  • Director General de Finanzas del ISSSTE (S).
  • Secretario del Trabajo y Previsión Social (STPS) (T).
  • Subsecretario del Trabajo (S).
  • Gobernador del Banco de México (T).
  • Director General de Asuntos del Sistema Financiero (S).
  • Presidente de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF) (T).
  • Vicepresidente de Operación Institucional de la CNSF (S).
  • Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) (T).
  • Vicepresidente Técnico de la CNBV (S).
  • Presidente de la CONSAR (T).
  • Coordinadora General de Información y Vinculación de la CONSAR (S).
  • Vicepresidente Financiero de la CONSAR (T).
  • Director General de Supervisión Financiera (S).
  • Vicepresidente Jurídico de la CONSAR (T).
  • Vicepresidente de Operaciones (S).

 Por su parte, los integrantes de la Junta de Gobierno (titulares y suplentes) que representan al sector obrero mexicano, son cuatro (4), a saber:

  • Confederación de Trabajadores de México (CTM), organismo que, desde hace muchos años, ha designado como su representante ante la CONSAR a Abelardo Carrillo Zavala, actual Secretario de Bienestar Social y Ecología (T).
  • Confederación de Trabajadores de México (CTM), actualmente en la persona de Lorena González, Asesora de la Secretaría de Asuntos Económicos de la CTM. (S).
  • Confederación de Trabajadores de México (CTM), en la persona del Lic. Fernando Salgado Delgado, Secretario de Acción Política de ese organismo (T).
  • Confederación de Trabajadores de México (CTM), en la persona hoy en día del Lic. Jorge Garduño y Sánchez Castellanos, asesor legislativo de la CTM (S).
  • Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC), a cargo del Lic. Alfonso Suárez Romero, asesor en economía y productividad del Secretario General del Comité Ejecutivo Nacional de la CROC (T).
  • Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC), a través de Hugo Ramos Ramírez, Secretario de Estadística y Propaganda de la Unión Nacional de Trabajadores de la Industria Alimenticia, Refresquera, Turística y Hotelera de la CROC (S).
  • Confederación Regional Obrero Mexicana (CROM), en la persona del Lic. Rodolfo González Guzmán, quien funge como su Secretario General (T).
  • Confederación Regional Obrero Mexicana (CROM), en la persona de José Alfaro González, Secretario General del Sindicato Nacional de Obreros y Empleados de Productos Químicos, Petroquímicos, Farmacéuticos y de Laboratorios en general y Conexos de la República Mexicana (S).

 Y el 17º representante en la Junta de Gobierno de la CONSAR, es el del sector patronal, cargo que recae en el Presidente de la CONCAMIN (Confederación de Cámaras Industriales) como Titular, llevando como Suplente al Presidente de la Comisión de Seguridad Social de esa misma Confederación.

Cabe señalar que la CONSAR también tiene un Consejo Consultivo y de Vigilancia que, al igual que su Junta de Gobierno, es también tripartita, es decir, lo integran un total de 19 representantes de instituciones del sector gubernamental, obrero y patronal, que son los siguientes (cada uno de los titulares tiene un suplente):

Sector Gobierno

Sector Obrero

Sector Patronal

SHCP CTM CONCAMIN
IMSS CTM CONCANACO
ISSSTE CTM COPARMEX
INFONAVIT FSTSE ABM
Banco de México CROC AMIS
STPS CROM AMIB
CONSAR

Los dos primeros presidentes de la CONSAR fueron Alejandro Reynoso del Valle (01/08/1994-20/11/1994) y Gabriela Torres Ramírez (01/12/1994–22/01/1995).

Han ocupado la Presidencia de la CONSAR, entre otros, los siguientes funcionarios (izquierda a derecha):

FSOLIS     GPRIETO     VCORTA

MSCHWARTZ           MGBUDEBO       pordorica

CRF

Dr. Fernando Solís Soberón; Lic. Guillermo Prieto Treviño; Lic. Vicente Corta Fernández; Dr. Moisés Schwartz; Dr. Mario Gabriel Budebo y Lic. Pedro Ordorica Leñero.

Actualmente, preside la CONSAR el Lic. Carlos Ramírez Fuentes.

He aquí los períodos ocupados:

Nombre Periodo de inicio Periodo de término
Fernando Solís Soberón 01/03/1995 31/01/2000
Guillermo Prieto Treviño 01/02/2000 30/04/2001
Vicente Corta Fernández 01/05/2001 15/02/2003
Mario Gabriel Budebo 16/02/2003 07/12/2006
Moisés Schwartz 08/12/2006 15/01/2010
Pedro Ordorica Leñero 16/01/2010 06/01/2013
Carlos Ramírez Fuentes 07/01/2013

¿Qué pasó con los recursos de tu cuenta individual si no elegiste AFORE a su debido tiempo?

De acuerdo con la Ley del Sistema de Ahorro para el Retiro (LSAR), las cuentas de los trabajadores que durante los primeros cuatro años de operación del sistema no eligieron AFORE (1997-2001), aunque cotizaban al IMSS, fueron distribuidas por la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR) precisamente en junio de 2001 entre todas las Administradoras de Fondos de Ahorro para el Retiro (AFOREs).

Posteriormente, es decir, específicamente a partir del segundo bimestre del 2002, la CONSAR ha venido asignando bimestralmente este tipo de cuentas a las AFORES que tengan las comisiones más bajas y/o que generen los más altos rendimientos.

Hoy en día (2021), esa asignación de cuentas se lleva a cabo una vez al año.

Y de acuerdo con la normatividad en vigor, si una cuenta permanece durante dos años en la AFORE que la CONSAR asignó al trabajador y ni aún así éste ha solicitado registrarse en una AFORE, entonces la CONSAR reasigna la cuenta a la Administradora que tenga el mejor desempeño. La finalidad es que la asignación y/o la reasignación le ¿signifiquen al trabajador un crecimiento en la cantidad de los recursos que contiene su cuenta.

Como bien señala la autoridad, quienes no escogieron AFORE –pese a las asignaciones y reasignaciones–, no reciben todos beneficios de quienes sí eligieron una Administradora. A saber:

  • Que la cuenta de ahorro para el retiro tenga registrados los datos de identificación del trabajador (CURP y RFC, por ejemplo), que son necesarios para realizar trámites de pensión, de retiro de recursos o solicitar un crédito de vivienda.
  • Que la AFORE tenga actualizados los datos de contacto (domicilio, correo electrónico o teléfono, etc.), a fin de acceder a todos los servicios de información que proporcionan las AFOREs. Entre ellas, una atención personalizada a través de sus diferentes canales de contacto.
  • Que la AFORE envíe cada cuatro meses el estado de cuenta al domicilio o correo electrónico que  haya dado el trabajador cuando eligió.
  • Que el trabajador pueda ahorrar voluntariamente en su cuenta AFORE, lo que, eventualmente, le permite obtener rendimientos competitivos que incrementan el patrimonio y generan mayor ahorro para el retiro del trabajador.

¿Pero qué pasó con los recursos de los trabajadores que no eligieron AFORE no sólo en los primeros cuatro años, sino en los ya prácticamente 25 de que nació el nuevo sistema de pensiones? ¿Dónde quedaron? ¿Quién los administró? ¿Obtuvieron algún rendimiento?

Éstas y otras interrogantes tienen respuesta en otras “entradas”. lUna de ellas es la del siguiente enlace:

¿Qué es o qué fue la Cuenta Concentradora?

¿Cuántas AFOREs hay en México?

Desde julio de 1997, con la entrada en vigor del Nuevo Sistema de Pensiones en México, nació también una figura financiera privada conocida como AFORE, que son las siglas de Administradora de Fondos de Retiro.

A noviembre del 2021, existían 10 AFOREs en México, debidamente registradas y supervisadas por la CONSAR (Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro) y entre todas ellas, administraban más de 61 millones de cuentas individuales, tanto de trabajadores afiliados al IMSS como al ISSSTE, independientemente del régimen de pensión que los trabajadores hubiesen o no escogido en cualquiera de esos dos grandes institutos de seguridad social.

Las 10 AFOREs son las siguientes (junto con los teléfonos de sus Centros de Atención Telefónica):

D. F.: 3099 8031 Lada sin costo: 01800 112 13 13
D. F.: 22 62 36 73 Lada sin costo: 01 800 282 36 73
D. F.: 5278-5616 UEAP Lada sin costo: 01800-2677-352
D.F.: 54 47 80 00 Lada sin costo: 01 800 909 00 00
Lada sin costo: 01800 4800 800
Monterrey (N.L): (81) 5000 4555 Lada sin costo: 01 800 522 2367
D. F.: 5062 0555 Lada sin costo: 01 800 400 1000 y 01 800 400 2000
Lada sin costo: 01 800 277 462 4 o 01 800 2 PRINCIPAL
D. F.: 58 09 65 55 Lada sin costo: 01 800 71 55 555
Lada sin costo: 01 800 276 54 32

http://www.amafore.org/acerca-de-amafore/asociados

¿Qué es un Seguro de Pensión para el ISSSTE?

El seguro de pensión, según la Fracción XXV del Artículo 6 de la Ley del ISSSTE (la publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 31 de Marzo del 2007), es el derivado de las leyes de seguridad social, que tenga por objeto el pago de las rentas periódicas durante la vida del pensionado, o el que corresponda a sus familiares derechohabientes.

¿Cómo aclarar los Bonos de Pensión mal calculados conforme a la edad y tiempo de cotización?

Sin duda alguna, se trata de una pregunta interesante y, a la vez, inquietante.  ¿Por qué los adjetivos?

Por resulta que cuando el trabajador encuentre o considere que hubo inexactitudes o errores al momento en que se calculó su Bono de Pensión (allá por el 2007), ciertamente puede pedir la aclaración y corrección.

Pero aquí vienen los problemas: para este trámite debe acudir a la Subdirección de Afiliación y Vigencia del ISSSTE, donde podrá acreditar su edad con el acta de nacimiento y/o CURP actualizada, así como su antigüedad y el tiempo cotizado al ISSSTE, a efecto de que se corrija el monto que le corresponde del Bono de Pensión y, por ende, se le acredite en su cuenta individual la suma exigida.

Pero este trámite puede tardarse varios meses, lo que retrasará la concesión o la negativa de pensión. Estos largos tiempos de espera se registran porque se tiene que analizar muy cuidadosamente la documentación, y si procede, el ISSSTE pedirá los recursos a la Secretaría de Hacienda (SHCP).

Obviamente, vale la pena hacer el trámite porque, finalmente, se trata de recursos que el trabajador se ganó por su tiempo de servicio en la Administración Pública, así como por sus años de cotizaciones en el ISSSTE. El dinero que obtenga por este concepto aparecerá en el siguiente estado de cuenta que le envíe PENSIONISSSTE o la AFORE que haya escogido el trabajador para que le maneje sus recursos.

Si un trabajador se cambia de AFORE, ¿puede traspasar a ésta los recursos de su SAR-ISSSTE?

Sí. Como ya debe ser del dominio público, los trabajadores, tanto los que cotizan al IMSS como los que lo hacen al ISSSTE, deben tener una sola cuenta individual en una Administradora de Fondos de Retiro (AFORE).

Y si, por una u otra razón, tienen varias cuentas, deben unificarlas. Por lo mismo, si decide cambiar de AFORE, tiene que llevarse a la nueva Administradora todos los recursos que tiene en su cuenta individual, es decir, no puede dejar parte de esos recursos en una AFORE y transferir otros a otra. Todos sus recursos deben estar en una sola cuenta.

¿Todos los que tienen SAR- ISSSTE están en PENSIONISSSTE?

No. Esos recursos (SAR-ISSSTE), que forman parte de la cuenta individual del trabajador cotizante en el ISSSTE, pueden o no estar en PENSIONISSSTE, pues el titular o dueño de los mismos tiene la total libertad de darlos a que se los administra a la AFORE que quiera.

Como se sabe, PENSIONISSSTE es una AFORE más, si bien es prácticamente la más nueva del mercado. No es la única, pues en estos momentos (febrero del 2015) existen once (11) Administradoras de Fondos de Retiro.

Por cierto, es muy probable que en este caso concreto, PENSIONISSSTE tenga la mayor cuantía de esos recursos.