¿Cuánto aumentarán las pensiones del IMSS y del ISSSTE para el 2018?

A partir del primero de febrero, todos los pensionados del IMSS y del ISSSTE recibirán un incremento del 6.77% en el monto de su pensión. Es el aumento más alto desde el 2002, cuando en lugar del alza a los salarios mínimos como fórmula de actualización de las pensiones (pues siempre quedaban por abajo de la inflación), se cambió por el incremento que registrase el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC).

En efecto, desde febrero de ese año, a las pensiones se les aumenta el nivel que alcanza la inflación (técnicamente, el INPC), cuyo comportamiento, desde el 2002 al 2017, es el siguiente:

Años INPC (%)
2002 5.70
2003 3.98
2004 5.19
2005 3.33
2006 4.05
2007 3.76
2008 6.53
2009 3.57
2010 4.40
2011 3.82
2012 3.57
2013 3.97
2014 4.08
2015 2.13
2016 3.36
2017 6.77

Como se observa, en los primeros 16 años desde que las pensiones se actualizan anualmente conforme al nivel que registra el INPC y no el de los salarios mínimos, el porcentaje del 6.77 es el mayor aumento que registran en su estructura. El segundo y tercero fueron los habidos en 2002 (5.70%) y 2008 (6.53%).

Por el contrario, el alza más baja en la recuperación anual de las pensiones, ha sido la de 2016, pues sólo fue del 2.13% (nivel registrado por el INPC en el 2015), según puede observarse en el mismo cuadro anterior:

Ahora bien: si usted quiere saber cuánto aumentará el monto de su pensión a partir del próximo primero de febrero (con retroactividad al primero de enero de este 2018), multiplique la cantidad mensual que recibe por el 6.77% y el resultado súmelo a lo que se le venía depositando; así, tendrá una suma bastante cercana sobre cuánto recibirá cada mes este año y, también, cuánto se le depositará como aguinaldo en noviembre.

Por ejemplo: $3,845X6.77%=$260.30 más al mes; estos $260.30 se suman a los $3,845, de modo que la pensión mensual para el 2018 (y el aguinaldo) serán de $4,105.30.

Este aumento del 6.77%, por ser alto en términos nominales, no quiere decir que los pensionados echen al vuelo las campanas por el incremento que en el monto de su pensión para el 2018. No. ¿Por qué? Porque, obviamente, no es ningún lauro registrar un alza generalizada de precios del doble de la habida un año antes.

Los incrementos en los haberes casi siempre son menores frente a los que registran los precios de servicios y productos.

Una alta inflación afecta, sobre todo, a los que reciben menos. Tales serían los casos de quienes perciben la Pensión Mínima Garantizada en el IMSS (aproximadamente $2, 264.00 pesos al mes, es decir, un salario mínimo diario elevado al mes), o $4,530.00 (dos salarios mínimos diarios, que es la Pensión Mínima Garantizada en el ISSSTE), y también a quienes se les depositan hasta tres salarios diarios (unos $6,790) cada 30 días.

En efecto, la supuesta recuperación salarial, sobre uno, dos y tres salarios mínimos diarios, para el 2018 representa 5,10 y 15 pesos diarios más, como se observa en la siguiente tabla:

Pensión mensual en veces salarios mínimos de 2017 (***) Nivel del ÍNPC (6.77%) de 2017 Aumento mensual para el 2018 ($) Aumento diario en ($) Nuevo monto mensual (2018) para pensionados con 1, 2 y 3 salarios mínimos ($)
Una: $2,264.70 (*) 6.77% $153.32 $5.11 $2,418
Dos: $4,529.40 (**) 6.77% $306.60 $10.22 $4,836
Tres: $6,794.10 6.77% $459.90 $15.33 $7,254
(*) Pensión Mínima Garantizada en el IMSS.
(**) Pensión Mínima Garantizada en el ISSSTE.
(***) Si no me equivoco, el IMSS no toma en cuenta el MIR (Monto Independiente de Recuperación decretado por la CONASAMI (Comisión Nacional de los Salarios Mínimos) para el 2017 y 2018. Por lo mismo, en esta tabla se toma como salario mínimo diario $75.49. De otra manera, el monto de la Pensión Mínima Garantizada para el 2018 sería, en el IMSS, de $88.36 diarios, o sea, $2,650.80 al mes y el doble en el ISSSTE.

64 comentarios en “¿Cuánto aumentarán las pensiones del IMSS y del ISSSTE para el 2018?”

  1. Hola buenas tardes, esa pension minima garantizada aplica para todos los pensionados, le pregunto por lo siguiente, mi madre tiene una pension mensual de $2,700 aproximadamente, es pension otorgada por el ISSSTE al fallecer mi padre, es decir es pension por viudez, mi padre fue medico del ISSSTE y trabajo por 16 anos, 2 meses y 16 días, mi padre tenia la pension de riesgo de trabajo que se la otorgaron primero al sufrir un accidente en su pie que le impidió seguir trabajando dicho accidente lo sufrio en la clínica del ISSSTE y la pension por edad y tiempo de servicio se la otorgaron en 1999.
    Al fallecer mi padre a mi madre solo le dejan la pension de edad y tiempo de servicio, le retiran la pension de accidente de trabajo, argumentando que al no tener el pie que dio origen a la pension no le correspondia a mi madre recibirla (A mi padre le amputaron ambas piernas).
    Mi pregunta es si la pension minima garantizada también aplica a las pensiones por viudez, gracias por su atención.
    Fallece mi padre por consecuencias de la diabetes el ano pasado

    1. Gracias, don Juan Ramón, por su pregunta. Primero, una disculpa por la tardanza en la respuesta. Tengo, afortunadamente, muchas consultas. Esa es la razón. No otra.
      En cuanto a su consulta, le comento que cuando le otorgaron en 1999 la pensión por edad y tiempo de servicio, aún no existía la pensión mínima garantizada en el ISSSTE y, infortunadamente, la nueva Ley del ISSSTE, en vigor desde abril de 2007, señala en su artículo Décimo Octavo Transitorio: “Los jubilados, pensionados o sus familiares derechohabientes que, a la entrada en vigor de esta ley, gocen de los beneficios que les otorga la ley que se abroga, continuarán ejerciendo sus derechos en los términos y condiciones señalados en las disposiciones vigentes al momento de su otorgamiento”.
      Así que le aplica la legislación anterior y su sistema de pagos realmente quedó hecho añicos por el paso del tiempo, la inflación y muchos elementos más.
      La pregunta de si la pensión mínima garantizada aplica a las pensiones por viudez, mi respuesta es que sí aplica. Es decir, a la muerte de cualquier jubilado o pensionado, su beneficiario o beneficiarios legales reciben la pensión, con ciertas restricciones en su monto pero nada más.
      Espero le haya aclarado su interesante pregunta y me reitero a sus órdenes. Reciba un cordial saludo.

    1. Gracias, don Domingo, por consultar mi blog http://www.elpensionado.com; ojalá lo haya encontrado interesante y, sobre todo, útil para usted, sus parientes, amigos y seguidores.
      En cuanto a su pregunta, me parece que no hay pensiones que estén por abajo de los mil pesos. La pensión mínima hoy en día es la de un salario mínimo (en el IMSS) y de dos salarios mínimos en el ISSSTE, es decir, entre unos $2,500 y $5,000 pesos, respectivamente.
      Puede quizá haber pensiones de menor cuantía y sean las relacionadas con Riesgos de Trabajo y ahí sí desconozco el tratamiento, pues la cuantía de la pensión se da en relación con laudos laborales (de la Junta de Conciliación y Arbitraje) y conforme a unas tablas de la Ley Federal del Trabajo, cosa que desconozco y a la que no me dedico.
      ¿O se refiere usted, don Domingo, a las pensiones para adultos mayores (a partir de los 65 años o a partir de los 68 años de edad), que otorgan algunos gobiernos estatales o el gobierno federal a través de la SEDESOL o los programas PROSPERA? Si es a estas pensiones a las que usted se refiere, también le confieso mi ignorancia.
      Reciba un cordial saludo y me reitero a sus órdenes.

  2. Hola buen dia soy una mujer viuda mi esposo me dejo con la pension minima, mi pregunta es: aumentaran al doble las pensiones del imss? muchas gracias por la informacion.

    1. Gracias, doña Elvia, por consultar mi blog http://www.elpensionado.com; ojalá lo haya encontrado interesante y, sobre todo, útil para usted, sus parientes, amigos y seguidores.
      En cuanto a su pregunta e inquietud, le comento que las pensiones del IMSS crecen (igual que las del ISSSTE), año con año en el mes de febrero, de acuerdo a como crece la inflación, la carestía de la vida del año inmediatamente anterior; técnicamente se conoce como Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC). Así que lamento decirle que es totalmente falso ese rumor que usted ha escuchado de que van a aumentar las pensiones al doble, y que me ha formulado como pregunta.
      Lo que quiso decir Andrés Manuel López Obrador con esta propuesta electorera es que lo que va a aumentar al doble es la pensión de los adultos mayores y/o los mayores de 68 años, que son las tarjetas rosas que el Gobierno del Distrito Federal ha otorgado a una buena cantidad de gente ya grande, esté o no esté pensionada por el IMSS o por el ISSSTE, y que, tengo entendido, anda entre 800 y 1,200 pesos mensuales, así que subirían para colocarse entre 1,600 y 2,400 pesos mensuales. Este aumento supuestamente será a partir de diciembre próximo. Yo tengo mis dudas. Quizá se pueda hacer a partir de enero o de febrero del 2019. Así que, doña Elvia, si usted no tiene esta tarjeta del Gobierno del DF, vaya a preguntar en la Delegación (ahora Municipio) donde usted viva cómo, dónde y qué documentos presentar para tramitarla y que se la proporcionen.
      Espero que estos comentarios le sean útiles. Le envío un cordial saludo y me reitero a sus órdenes.

  3. Soy jubilada por ISSSTE…….por cuentas individuales ……..la pensionadora que escogí es Sura………..argumentan que no tengo derecho a aguinaldo ni prima vacacional porque así lo dispuso el instituto……..he buscado en las 2 leyes del ISSSTE y no encuentro la respuesta.
    Le agradeceré me aclare esta duda
    Gracias
    Evila Gomez

    1. Gracias, señora Gómez, por consultar mi blog http://www.elpensionado.com; ojalá lo haya encontrado interesante y, sobre todo, útil para usted, sus parientes, amigos y seguidores.
      Sobre su pregunta le comento que, en efecto, salvo que haya acordado el pago de un mes TRECE (el aguinaldo) con la aseguradora (SURA) que le paga su pensión (Renta Vitalicia) con los recursos que usted tiene en su cuenta individual, usted no tiene derecho a esa gratificación anual. Se trata, prácticamente, de un contrato entre usted y la aseguradora y ésta le pagará mes con mes su pensión (Renta Vitalicia), pago que sube cada año conforme al aumento que registra el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC). De manera que si le paga 13 meses en lugar de 12, tendría que hacer otro tipo de cálculos para otorgarle un pago menor como Renta Vitalicia mensual y su aguinaldo, y seguramente en lugar de “garantizarle” una pensión durante 15 años, sólo le asegurarían para 12 ó 13, por ejemplo.
      Espero se le aclare un poco el panorama, señora Gómez. Le envío un cordial saludo y me reitero a sus órdenes.

    1. Doña Rosalba: primeramente, gracias mil por consultar mi blog http://www.elpensionado.com; ojalá lo haya encontrado interesante y, sobre todo, útil para usted, sus parientes, amigos y seguidores.
      En segundo lugar y respecto de su amable pregunta, le informo que, hasta el momento, el IMSS no emite ningún comprobante del pago mensual que hace a los varios millones de pensionados. Por lo mismo, no existe página alguna donde usted pudiera bajar dicho comprobante. El ISSSTE sí lo hace.
      Ahora bien: me imagino que lo que usted quiere saber es cuánto le pagan o le pagaron en determinado mes. Al respecto, le comento que si el 2018 fue el año en que se inició su período de pensionado, entonces puede ver la copia de la Resolución de Pensión que usted firmó “De conformidad”, copia que a usted le entregaron, y en ella claramente se le dice cuánto va a depositársele en su cuenta bancaria cada mes e, inclusive, cuánto le pagarán o depositarán por concepto de aguinaldo.
      Si no fuese el caso (haber comenzado a recibir su pensión este año que termina), puede usted saber cuánto le ha venido pagando el IMSS, mes tras mes este año (2018) acudiendo al banco donde abreió su cuenta o tiene su cuenta donde le depositan su pensión y solicitarles una copia de su estado de cuenta. Y ahí podrá ver cuánto le depositaron cada mes del 2018 y cuánto también fue su aguinaldo.
      Espero que estos datos y comentarios le sean útiles, señora Niño. Me reitero a sus órdenes y le envío un cordial saludo.

      1. Buen día, los recibos de pago de pensiones del IMSS se pueden consultar en la página del SAT. Solo se necesita el RFC que debe de tenerlo y crear una contraseña para poder entrar al sitio. En el menu recuperar facturas emitidas y recibidas, se selecciona cada mes y ahi aparecen los pagos del IMSS,

        1. Gracias, don José Alejandro, por su orientación.
          Es muy cierto lo que usted señala de consultar los pagos que hace el IMSS a través de la página del SAT. Ojalá muchos internautas vean su texto y lo aprovechen.
          Obviamente, también se puede acudir al banco que maneja la cuenta del pensionado y solicitar los recibos correspondientes.
          Le reitero mi agradecimiento y sigo a sus órdenes.

  4. Buenas Tardes, tiene un excelente foro que nos orienta y nos ayuda demasiado en nuestras dudas, mi pregunta es si aumentara la pensión en 2019 en relación a lo que anuncio el Presidente Lopez Obrador que incrementara el salario minimo en la ciudades fronterizas tales como Sonora, Chihuahua y otras y donde vive su servidor Monterrey es decir el que incremente el salario mínimo guarda relación con esto de la pensión ??? soy pensionado Imss; Espero su respuesta, muchas gracias…

    1. Gracias, Juventino, por navegar por mi blog http://www.elpensionado.com; ojalá lo haya encontrado interesante y, sobre todo, útil para usted, sus parientes, amigos y seguidores.
      En relación con su pregunta, le comento que, en efecto, a partir de enero próximo el salario mínimo en la Frontera Norte subirá a $176.72 pesos (el doble del que rigió en el 2018, ciertamente). Sin embargo, este incremento no tiene nada que ver con las pensiones que se están pagando. ¿Por qué? Porque las pensiones que pagan tanto el IMSS como el ISSSTE, desde el año 2003 aumentan cada año a partir de febrero pero conforme al aumento que registra la inflación, es decir, conforme al nivel que haya registrado el llamado Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) durante el año inmediato anterior, y –reitero– no conforme al aumento que se da a los salarios mínimos, como venía sucediendo en décadas pasadas. En este caso, el incremento del ÍNPC de 2018, que se conoce a más tardar el 8 de enero del 2019, y es por ello que a partir de febrero (de 2019 en este caso) se aplica a las pensiones.
      Espero le sean útiles estos comentarios, don Juventino, y me reitero a sus órdenes.

  5. Hola buenas noches muy interesante su blog al hablar de los incrementos que van a tener los pensionados del imss, se está refiriendo también a los de afores, son similares estos dos sistemas de pensión

    1. Gracias, don Ricardo, por navegar por mi blog http://www.elpensionado.com; ojalá lo haya encontrado interesante y, sobre todo, útil para usted, sus parientes, amigos y seguidores. Gracias también por sus generosos comentarios sobre mi blog.
      En cuanto a su pregunta, no sé a qué incrementos que van a tener los pensionados del IMSS. Sólo quiero recordarle que las pensiones del IMSS (y también las del ISSSTE) se actualizan (es el término que se utiliza) cada mes de febrero y lo hacen con el aumento que haya registrado el nivel del Índice Nacional de Precios al Consumidor del año inmediatamente anterior. En este caso, la inflación (ÍNPC) del 2018 se da a conocer por el INEGI a más tardar el 8 de enero del 2019 y es por ello que, conocido el nivel que registró ese índice, se aplica al siguiente mes de inmediato a todas las pensiones que pagan ambos institutos (IMSS e ISSTE).
      En cuanto a aquellos que están pensionados y que reciben su pensión de parte de una Aseguradora, tengo entendido que también reciben un aumento en sus percepciones pensionarias a partir del segundo mes del año.
      Espero le sean útiles estos comentarios e información; le envío un cordial saludo y me reitero a sus órdenes, don Ricardo.

  6. Buenas noches, excelentes orientaciones y consejos, sólo me gustaría la fórmula para el cálculo de: cuantía básica
    Incrementos anuales
    Ayuda familiar
    Factor fox

    1. Muchas gracias, señor Vargas, por consultar mi blog http://www.elpensionado.com; ojalá lo haya encontrado interesante y, sobre todo, útil para usted, sus parientes, amigos y seguidores.
      En relación con su pregunta, enviada dos veces, quiero agradecerle primeramente sus generosas opiniones, y le comento que la fórmula para calcular las pensiones está por escrito en la primera y segunda parte. Tiene usted que hacer el ejercicio matemático, paso a paso y el resultado que obtendrá será muy cercano a la eventual pensión a que tenga derecho y le asigne el IMSS.
      Por supuesto, cuento con la fórmula en Excel. Infortunadamente, no puedo compartirla. Me costó mucho dinero, además. Todos los asesores en esta materia cobran por hacer la corrida financiera. Aunque yo también lo puedo hacer, sin embargo no lo hago, porque no soy asesor en seguridad social ni nada por el estilo, sino simplemente un reportero o periodista que sirve a la clase trabajadora de México que acceda a mi blog.
      Le deseo mucha suerte en el ejercicio matemático a que lo invito. Muchos lo han hecho y les ha resultado con una certeza del 95%. Reciba un cordial saludo y me reitero a sus órdenes.

  7. hola buen día yo tengo de pensionado por el imss como poco mas de 4 años empece con una pensión de como 4100 mensuales ya con ayuda por mis hijos y esposa pero al darce la pension en definitiva la misma no fue ni siquiera lo de un salario minimo por ende ya con ayuda asistencial fue de 3100 mensuales y sin ayuda seria de 1800 mensuales nada que ver con la pensión garantizada mi pension es por invalides por enfermedad general por diabetes tipo2 complicaciones gracias si puede contestar a mi correo la agradesco

    1. Gracias, don Iván, por consultar mi blog http://www.elpensionado.com; ojalá lo haya encontrado interesante y, sobre todo, útil para usted, sus parientes, amigos y seguidores.
      En cuanto a su pregunta, me es muy difícil contestarla en forma adecuada, pues no conozco a fondo las pensiones temporales o definitivas, parciales o totales por in validez, riesgos de trabajo, enfermedades, etc.
      Yo le recomendaría que fuera de nueva cuenta al IMSS y preguntase por su caso, por qué le bajó su pensión, por qué es menor a la mínima garantizada, etc., etc.
      Le deseo mucha suerte y me reitero a sus órdenes. Reciba un cordial saludo.

  8. Muchas gracias. En realidad tengo muchas dudas. mi padre es pensionado del ISSSTE, tiene 92 años, y por él, estoy investigando. en realidad, ¿como se incrementara o en cuanto se incrementará la pensión de mi Sr. Padre, para el 2019…??? gracias de antemano por su próxima y atenta respuesta.

    1. Todas las pensiones del IMSS y del ISSSTE aumentarán en un 4.83% a partir del mes que entra. Ese nivel es el que alcanzó el Índice Nacional de Precios al Consumidor (ÍNPC) el año pasado.
      Le envío un cordial saludo, don René y me reitero a sus órdenes.

  9. Buenas tardes…a cuánto aumentará la Pension mínima garantizada en la frontera de BC??…en dónde el salario mínimo subirá a 176 pesos diarios.

    1. Las pensiones, en TODO EL PAIS, aumentarán en el 2019, en un 4.83%, pues es el nivel que alcanzó el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC). Nada tiene que ver el aumento a los salarios mínimos, pues las pensiones, desde el 2003 aumentan conforme al INPC y no con los incrementos de los salarios mínimos.

  10. Antes que nada agradezco su tiempo y dedicación ya que paginas o blok hacen falta para orientarnos.
    Mi pregunta es la siguiente
    Soy pensionado del ISSSTE en el 2018 segun la ley las pensiones aumentan de acuerdo a la inflacion o a la plaza que se deja y de acuerdo a la que tenga el porcentaje más alto es el que se aplica para el aumento de la pensión pero qué sucede si nos hacen firmar ya sea por hignorancia de uno la de la canasta basica qué se aplica o que hacer en este caso . es en durango.
    mil gracias por si Atencion

  11. Me jubile en febrero del 2018 con el décimo transitorio como aumenta mi pension con relación a que a ls inflacion , salario minimo, canasta basica o a la plaza que deje en activo
    Tenia doble plaza primaria

    1. Su pensión aumentará un 4.83%, que es el alza que registró la inflación en el 2018. Ya no tienen nada que ver los aumentos a los salarios mínimos, ni ninguna otra unidad de medida o actualización.
      Le envío un cordial saludo, don Martín, y me reitero a sus órdenes.

    1. Las pensiones aumentarán en el 2019 en un 4.83%, que es el nivel que registró el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC), más conocido como inflación.
      Desde el 2003, las pensiones no aumentan conforme aumentan los salarios mínimos, sino como aumenta el ÍNPC. Y entre enero-diciembre del 2018, la inflación se ubicó en un 4.83%.
      Le envío un cordial saludo, don Roberto y me reitero a sus órdenes.

  12. Buenas noches estoy preocupado pues soy pensionado por viudez, y deseo saber si incrementará mi pensión mensual. Pues recibo una pensión mensual como de 5215.00 mensuales y me podrían ayudar diciéndome si subirá en febrero de este año 2019, y cuánto. Así cómo saber si se pagará el retroactivo como cada año en el mes de febrero. Le agradecería su ayuda para saber cuándo y cuánto subirá mi pensión. Este 2019, pues en este enero no vino ningún aumento. Espero su respuesta y su ayuda a mis dudas. Muchas gracias.

    1. Como usted sabe, don Luis Jesús, las pensiones se actualizan en su monto (es decir, se incrementa la cuantía que usted recibe mes tras mes), cada mes de febrero. Y en este febrero del 2019 no será la excepción. El aumento que se otorgará será del 4.83%, que es el nivel que alcanzó el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) del año anterior (2018). Y es retroactivo a enero. Así que a sus 5,215, añádale poco más de 250 pesos y tendrá la cantidad casi exacta que recibirá la primera semana del mes que viene.
      Le envío un cordial saludo y me reitero a sus órdenes

    1. Como usted sabe, don Miguel, las pensiones se actualizan en su monto (es decir, se incrementa la cuantía que usted recibe mes tras mes), cada mes de febrero. Y en este febrero del 2019 no será la excepción. El aumento que se otorgará será del 4.83%, que es el nivel que alcanzó el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) del año anterior (2018).
      Le envío un cordial saludo y me reitero a sus órdenes.

  13. Le agradecería su apoyo en éste caso. Estoy tratando de ayudar a una cuñada a calcular su posible pensión, ya lo he hecho con otras personas, pero este caso no se me había presentado y está muuuy complicado. Ella trabajó en los 70’s y 80’s en Bancos que ya no existen (Banco Comermex y Banco Provincial de Sinaloa) durante 6 o 7 años; debió haber acumulado entre 300 y 350 semanas, y dejó de trabajar varios años. No cuenta con ningún comprobante de su NSS.
    En los 90’s, empezó a trabajar nuevamente, y por decidia y falta de prevención no proporcionó ese NSS a su nuevo patrón, porque no encontró un documento que lo acreditara. El nuevo patrón le tramitó un Número de Seguridad Social nuevo. Con el nuevo NSS acumuló 196 semanas cotizadas y ya obtuvo en el IMSS el documento que lo acredita.
    Ahora, divorciada primero, viuda después, desamparada y con 62 años de edad, tiene por necesidad, que buscar la manera de obtener una pensión aunque sea mínima.
    Recientemente, no sé de qué manera, consiguió en el IMSS el NSS anterior, pero no le dieron ningún documento que lo acredite; me dice que le dijeron que no puede solicitar la unificación de los 2 números de afiliación, porque no tiene actualmente una relación laboral con ningún patrón y que además, para recuperar sus semanas cotizadas anteriormente, debe darse de alta con un patrón y cotizar un mínimo de 52 semanas y que hasta entonces, como parte del trámite para su pensión, deberá solicitar la unificación.
    Un amigo en común está dispuesto a ayudarla dándola de alta en su nómina hasta con un salario diario de $156.78, pero haciendo yo los cálculos para obtener el Salario Promedio Diario de las que serían las últimas 250 semanas cotizadas, me da un SPD de $82.
    Dado que ese salario promedio diario sería menor al salario mínimo actual:
    – Aplica para ella una pensión mínima garantizada ?
    – Tiene caso que se le asigne ese salario de $156.78 ?
    De antemano, muchísimas gracias por su apoyo ….

    1. Otra vez, don Roberto:
      De su cuñada, tiene que hacer varios trámites: darse de alta en el régimen obligatorio para recuperar las 300/350 semanas que dice que cotizó en los bancos hace muchos años; tramitar la unificación de los dos números de seguridad social; forzosamente tiene que darse de alta con un patrón, sea o no su amigo durante al menos un año y, posteriormente, darse de baja del régimen obligatorio y meterse a la Modalidad 40, con un salario alto y durante al menos dos años, para mejorar sensiblemente su SPD de $82 pesos que usted señala, y así superará la mínima garantizada y su desamparo será menos trágico.
      Me reitero a sus órdenes.

    1. Gracias, don Humberto, por consultar mi blog http://www.elpensionado.com; ojalá lo haya encontrado interesante y, sobre todo, útil para usted, sus parientes, amigos y seguidores.
      Respecto de su pregunta, le informo que, a partir de febrero, las pensiones del IMSS y del ISSSTE tendrán un aumento del 4.83%, que fue el nivel que alcanzó, entre enero y diciembre del año pasado, el Índice Nacional de Precios al Consumidor (ÍNPC), más conocido como inflación. Así que a la cantidad que viene recibiendo usted de parte del IMSS por concepto de pensión, añádale un 4.83% y tendrá la cantidad o el monto que estará recibiendo desde febrero de este año hasta enero del 2020.
      Le envío un cordial saludo y me reitero a sus órdenes.

  14. Hola buenas noches, gracias por orientarnos y por tomarse tiempo tengo duda me pensione por cesantia a los 61 años en febrero de este año cumplire 63 conforme tenga mas edad me iran modificando y/ o incrementando mi pension hasta que sea similar como la pension por vejez que es al 100 por ciento ??

    1. Gracias, don Horacio, por consultar mi blog http://www.elpensionado.com; ojalá lo haya encontrado interesante y, sobre todo, útil para usted, sus parientes, amigos y seguidores.
      Por lo que hace a su pregunta, puede que haya sucedido alguna de estas dos situaciones: 1) Que usted no lea o interprete o analice bien su estado de cuenta y que lo compare contra otro estado de cuenta de meses anteriores, para ver la cantidad que cada mes le paga el IMSS. La otra situación es que 2) puede haber habido un error en el IMSS. Si fue lo primero, vaya a su banco, exija un estado de cuenta y pregúntele al ejecutivo de cuenta que vea si hay alguna diferencia entre lo que le depositaron ahora en febrero, con lo que le pagaron en enero o en diciembre pasados. Si es lo segundo, acuda a la Subdelegación o Clínica o Unidad Familiar que le corresponda y pregunte por qué no le actualizaron o aumentaron el monto de su pensión. A lo mejor hubo algún error. Las computadoras también se equivocan.
      Le envío un cordial saludo y me reitero a sus órdenes.

      1. buenos días, muchas gracias por su orientación a mi duda, ya efectué el primer punto y no se ve reflejado el cambio, voy a esperar ahora el de marzo y si no hay cambio voy a proceder con el punto dos, muchas gracias , estamos en contacto, saludos

        1. Gracias, don Horacio.
          Ojalá sigan siendo útiles los comentarios y datos y, en poco tiempo, resuelva los problemas planteados.
          Me reitero a sus órdenes y le envío nuevamente un cordial saludo.

  15. Si me pensionó en ISSSTE ahora que el salario mínimo se duplico (como 173 pesos) y la pensión mínima garantizada son dos salarios mensuales, eso significa que la pensión mínima garantizada cadí se duplica en cuentas individuales?

    1. Gracias, señor Preciado, por consultar mi blog http://www.elpensionado.com y por enviarme una pregunta que mucho se reitera y es muy fácil de contestar.
      En efecto, ya las pensiones (al igual que otras cosas) dejaron de estar ligadas a los salarios mínimos. Ahora todo lo relacionado con el aumento anual (en el mes de febrero de cada año) de las pensiones está ligado o indexado (como dicen los tecnócratas) al Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) y aumentan de acuerdo con el nivel que haya registrado este índice y no de acuerdo con el aumento que se haya decretado a los salarios mínimos.
      En lugar de los salarios mínimos, desde hace dos años se calcula la pensión mínima garantizada con una nueva medida: se llama UMA, que quiere decir Unidad de Medida y Actualización. El valor de la UMA para el 2019 es de $84.49 pesos diarios ($2,568.50 mensuales), mientras que el valor de los salarios mínimos para este 2019 es de $88.36 pesos para todo el país prácticamente, salvo para la frontera norte que es de $176.72.
      Así que la Pensión Mínima Garantizada en el ISSSTE sería de dos UMAS ($5,137 pesos).
      Le envío un cordial saludo y espero le sean útiles estos datos y comentarios. Me reitero a sus órdenes.

    1. Gracias, don Javier, por consultar mi blog http://www.elpensionado.com; ojalá lo haya encontrado interesante y, sobre todo, útil para usted, sus parientes, amigos y seguidores.
      En cuanto a su pregunta, le comento que todas las pensiones, incluida la de incapacidad permanente por riesgo de trabajo que usted está disfrutando, aumentan cada año en el mes de febrero, y se le aplican el porcentaje que haya registrado el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) en el período enero-diciembre del año inmediatamente anterior. En este caso, en febrero del 2020 las pensiones aumentarán el incremento que haya registrado el INPC durante el 2019.
      Espero le sean útiles estos datos y comentarios. Le envío un cordial saludo y me reitero9 a sus órdenes.

      1. Que hay de.cierto.de que con una nueva Jurisprudencia relativa a aumentar las pensiones en.un 20 %aprox….que sería la diferencia entre el.valor.de la.UMA Y.El Salario Mínimo…por ay.va…???????

        1. Gracias, don Fernando, por su pregunta y repreguntas, y por consultar mi blog http://www.elpensionado.com; ojalá lo haya encontrado interesante y, sobre todo, útil para usted, sus parientes, amigos y seguidores.
          En cuanto a su preocupación, lamento decirle que no he encontrado nada al respecto. Lo he consultado y buscado y no encuentro esa supuesta jurisprudencia.
          En todo caso, según me han dicho, aplicaría 1) A las pensiones otorgadas a partir de enero del 2016 (creo, o de 2017) y no a las anteriores; 2) Aplicaría a quienes hayan presentado la queja, denuncia o demanda y que son los que la ganaron. 3) Hasta ahora, no se ha conocido ningún decreto, ni presidencial ni del IMSS, ni tampoco del ISSSTE o, inclusive, alguna circular, acatando ese supuesto fallo jurisprudencial; 4) No se conoce hasta ahora que se haya presentado una reforma constitucional ante el Congreso de la Unión y que ya haya sido aprobada y que podría, retroactivamente, beneficiar a algunos miles de pensionados; Y 5) Si usted quiere obtener ese supuesto beneficio, debe presentar su demanda de amparo.
          Espero le sean útiles estos datos y comentarios. Le envío un cordial saludo y me reitero a sus órdenes.

          1. Los amparos, señor Fernando González, se presentan ante los jueces de Distrito, que dependen de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
            En este caso específico, son Jueces de Distrito en materia de Administrativa.
            Le reitero mis saludos.

  16. buenas tardes para preguntar si el imss pagara la pension de acuerdo a los salarios minimos que se ha generado por la gurisprudencia que ha proclamado la corte

    1. Gracias, don Roberto, por su pregunta y repreguntas, y por consultar mi blog http://www.elpensionado.com; ojalá lo haya encontrado interesante y, sobre todo, útil para usted, sus parientes, amigos y seguidores.
      En cuanto a su preocupación, lamento decirle que no he encontrado nada al respecto. Lo he consultado y buscado y no encuentro esa supuesta jurisprudencia.
      En todo caso, según me han dicho, aplicaría 1) A las pensiones otorgadas a partir de enero del 2016 (creo, o de 2017) y no a las anteriores; 2) Aplicaría a quienes hayan presentado la queja, denuncia o demanda y que son los que la ganaron. 3) Hasta ahora, no se ha conocido ningún decreto, ni presidencial ni del IMSS, ni tampoco del ISSSTE o, inclusive, alguna circular, acatando ese supuesto fallo jurisprudencial; 4) No se conoce hasta ahora que se haya presentado una reforma constitucional ante el Congreso de la Unión y que ya haya sido aprobada y que podría, retroactivamente, beneficiar a algunos miles de pensionados; Y 5) Si usted quiere obtener ese supuesto beneficio, debe presentar su demanda de amparo.
      Espero le sean útiles estos datos y comentarios. Le envío un cordial saludo y me reitero a sus órdenes

  17. Buen dia para saber si incrementara las pensiones del IMSS por lo que se decia de acuerdo a salarios minimos y no al UMA por lo que se dictamino en jurisprudencia de la suprema corte.

    Saludos.

    1. Gracias, don Juventino, por su pregunta y repreguntas, y por consultar mi blog http://www.elpensionado.com; ojalá lo haya encontrado interesante y, sobre todo, útil para usted, sus parientes, amigos y seguidores.
      En cuanto a su preocupación, lamento decirle que no he encontrado nada al respecto. Lo he consultado y buscado y no encuentro esa supuesta jurisprudencia.
      En todo caso, según me han dicho, aplicaría 1) A las pensiones otorgadas a partir de enero del 2016 (creo, o de 2017) y no a las anteriores; 2) Aplicaría a quienes hayan presentado la queja, denuncia o demanda y que son los que la ganaron. 3) Hasta ahora, no se ha conocido ningún decreto, ni presidencial ni del IMSS, ni tampoco del ISSSTE o, inclusive, alguna circular, acatando ese supuesto fallo jurisprudencial; 4) No se conoce hasta ahora que se haya presentado una reforma constitucional ante el Congreso de la Unión y que ya haya sido aprobada y que podría, retroactivamente, beneficiar a algunos miles de pensionados; Y 5) Si usted quiere obtener ese supuesto beneficio, debe presentar su demanda de amparo.
      Espero le sean útiles estos datos y comentarios. Le envío un cordial saludo y me reitero a sus órdenes.

    1. Gracias, don Juan por consultar mi blog http://www.elpensionado.com; ojalá lo haya encontrado interesante y, sobre todo, útil para usted, sus parientes, amigos y seguidores.
      En cuanto a su pregunta, supongo que apenas se pensionó o jubiló este año usted. Si no, debe recordar que todos los años que lleva jubilado, se le ha pagado aguinaldo. Ello responde su inquietud: todos los jubilados reciben una gratificación anual conocida como aguinaldo. A usted ya deben habérsela depositado o si no9, hacia mediados de este mes de noviembre se la pagará el Gobierno Federal.
      Ahora bien: los únicos pensionados que no reciben aguinaldo, salvo que lo hayan contratado expresamente, son los pensionados por Cuentas Individuales, es decir, aquellos que, en el IMSS, iniciaron su relación laboral hacia mediados de 1997 o si lo hicieron antes, están escogiendo pensionarse (mediante la Renta Vitalicia que les paga una Aseguradora, o mediante la figura del Retiro Programado), o los pensionados del ISSSTE, mediante ambas figuras (Renta Vitalicia o Retiro Programado) que escogieron el Bono de Pensión (en lugar del Décimo Transitorio) y han acumulado unas 1,250 semanas cotizadas o suficientes años de servicio para ya pensionarse. Ojalá usted, don Juan, no esté entre los que optaron por el Bono de Pensión porque, salvo que así lo haya contratado con la Aseguradora que le está pagando su pensión, los pensionados bajo este régimen (Bono de Pensión) generalmente no tienen aguinaldo.
      Le envío un cordial saludo y me reitero a sus órdenes.

    1. Gracias, don Carlos Francisco, por consultar mi blog http://www.elpensionado.com; ojalá lo haya encontrado interesante y, sobre todo, útil para usted, sus parientes, amigos y seguidores.
      En cuanto a su pregunta, le comento que el porcentaje de aumento que se otorgó a las pensiones a partir del primero de febrero del 2020, fue del orden del 2.83%, que fue el nivel que alcanzó entre enero y diciembre del año pasado el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC), que es la medida aplicable al caso.
      Le envío un cordial saludo y me reitero a sus órdenes.

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