¿Ha cambiado el esquema de asignación de las cuentas individuales de los trabajadores?

Así es. Se pueden observar varias etapas. Por ejemplo:

  1. En los primeros cuatro años de funcionamiento del nuevo sistema de pensiones, la Ley del Sistema de Ahorro para el Retiro (LSAR) estableció que las cuentas de los trabajadores que en ese lapso (1997-2001) no eligieran AFORE, a partir de junio del 2001 fuesen distribuidas por la CONSAR (Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro) entre las AFOREs más grandes.
  2. Una segunda etapa claramente puede establecerse a partir del segundo bimestre del 2002. Aquí el esquema consistió en “beneficiar” a las AFOREs que cobraran las más bajas comisiones por el manejo de estas cuentas.
  3. La tercera modificación de fondo que sufrió este sistema de asignación y reasignación de cuentas es la relacionada con su asignación a las Administradoras que promovían el ahorro voluntario y/o las que obtenían la mayor calificación en calidad de la gestión financiera.
  4. Para el 2016, la CONSAR ha determinado instaurar un nuevo esquema de asignación y reasignación de estas cuentas individuales. En efecto, a partir del primer bimestre, serán administradas única y exclusivamente por las AFOREs que estén dando los mayores rendimientos o ganancias por el manejo de estos recursos.

La medida anterior, publicada el pasado 8 de marzo del 2015 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), pretende que los saldos de esas cuentas crezcan lo más rápido posible mientras esperan a que sus titulares las registren formalmente en la AFORE que escojan.

Como es obvio, al igual que en los pasados y actuales esquemas, en el que entrará en vigor en el 2016 conservarán los trabajadores el derecho pleno de registrarse en el momento en que lo decidan y en la AFORE que deseen.

Al premiarse con estas asignaciones a las AFOREs que ofrezcan los más altos rendimientos por los recursos que están manejando, la CONSAR está incentivando que todas ellas busquen mejorar significativamente su desempeño en este rubro y que, en su momento, las pensiones tengan una cuantía mayor.

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