Si tiene derecho a pensión, ¿qué debe hacer el trabajador afiliado al ISSSTE?

Debe el trabajador entregar la solicitud de concesión de pensión y registrar la fecha de la segunda visita. Después, le entregarán el Documento de Oferta para que elija, 1) la modalidad de su pensión (Renta Vitalicia o Retiro Programado), y 2) una de las tres Aseguradoras que tienen este servicio financiero, para que escoja una de ellas y con ella celebre el contrato del Seguro de Sobrevivencia.

Obviamente, el trabajador va a tener algunas dudas acerca de su elección del tipo de pensión y de la aseguradora, por lo que no es obligatorio que tome esta determinación en ese preciso momento. Ciertamente, no tiene toda la vida para hacerlo, pero sí un plazo máximo de seis días hábiles para entregar debidamente llenado el formato que se le entregó.

¿Eso sería todo?  Digamos que sí, pues una vez entregado debidamente llenado el Documento de Oferta, el personal del ISSSTE procederá a entregarle al trabajador el documento en que consta la Concesión de Pensión y con ese papel, debe acudir a la Aseguradora, a la AFORE o a PENSIONISSSTE, según sea el caso, para iniciar el proceso de pago y al término del trámite, recibirá la póliza del Seguro de Sobrevivencia para sus beneficiarios, así como una credencial que lo identifica como pensionado del ISSSTE.

 

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