De acuerdo con la Fracción XVII del Artículo 6 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 31 de marzo del 2007, la pensión o jubilación es la renta vitalicia o el retiro programado a que tiene derecho un trabajador que haya venido pagando los servicios sociales al ISSSTE durante un determinado número de años.